Cargando

Directiva Seveso

Directiva Seveso

Vive la vida en completa armonía con nuestro ambiente y con los seres que en él habitan, respetándole y amándole, coadyuvando en su equilibrio y tan sencillo como eso, estarás hallando un gusto exquisito por ella.
Hermes Varillas

A las 12 horas y 37 minutos del 9 de julio de 1976, en la localidad de Séveso, en la región de Lombardía en Italia, se produjo un accidente químico en una pequeña planta industrial liberando al medio ambiente cantidades de la dioxina TCDD.

La Comunidad Económica Europea aprobó la Directiva 82/501/CEE conocida como Directiva SEVESO, que más tarde ha sido actualizada, en con la directiva, 96/82/CE - SEVESO II -, y el 24 de julio de 2012, con la publicación de la directiva 2012/18/UE – SEVESO III. Estas directivas pretenden el control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
La nueva modificación, SEVESO III, pretende:

  • Reforzar el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia.
  • Introducir normas más estrictas para las inspecciones de las instalaciones afectadas, que garanticen la efectiva aplicación y cumplimiento de las normas de seguridad.
  • Adaptar la directiva y hacerla congruente con el Reglamento CLP.

Los estados miembros tienen de plazo hasta el 31 de mayo de 2015 para la trasposición a su ordenamiento jurídico, y la aplicación de la nueva directiva será obligatoria a partir del 1 de junio de 2015

A quien aplica:
Sectores industriales en los que se manejan grandes cantidades de productos químicos. Se especifica claramente en el el artículo 3 de la directiva con excepción de las exclusione del artículo 2.

Beneficios:

  •  Prevenir los accidentes con implicación de grandes cantidades de productos químicos.
  • Cumplimiento de la legislación vigente.